CHILE Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (1919-1925). HACIA UNA LEGISLACIÓN SOCIAL UNIVERSAL
Juan Carlos Yáñez Andrade
Revista de estudios histórico-jurídicos
versión impresa ISSN 0716-5455
Rev. estud. hist.-juríd. n.22 Valparaíso 2000
I. INTRODUCCIÓN
La creación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en l9l9 fue la culminación y a la vez el inicio de un movimiento para reglamentar internacionalmente las condiciones laborales. El que fuera creada en el contexto de las Conferencias de Paz que pusieron fin a la Primera Guerra Mundial, deja de manifiesto el interés que tuvieron los países firmantes en dar un estatuto universal a una serie de disposiciones legales que buscaban normar las condiciones de trabajo y que se hacían necesarias a comienzos del siglo XX, pero que, además, se entendían como fundamentales para garantizar la paz mundial.
Chile no estuvo ajeno a este movimiento. Aprobó una naciente legislación social desde l906 y un año después creó la Oficina del Trabajo, organismo encargado inicialmente de llevar a cabo la estadística laboral pero que terminó fiscalizando el cumplimiento de esa legislación1. En l9l9 Chile fue una de las tantas naciones firmantes del protocolo de acuerdo que creaba la OIT, y en l925, en el contexto de la visita de Albert Thomas, Director de dicho organismo, nuestro país aprobó los decretos que lo ponían a la par con las disposiciones aprobadas en las distintas Conferencias del Trabajo, especialmente la de Washington de 1919.
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